Legislación nacional sobre autocaravanas

Hoy queremos hablaros de algo que nos preocupa bastante a los que viajamos con la casa a cuestas.

Si sois autocaravanistas o furgoneteros, sabréis de sobra que muchas veces somos mal vistos cuando aparcamos por ahí y nos disponemos a dormir. A veces las autoridades no conocen bien la legislación que debe aplicarse a una autocaravana (o furgoneta habitada) y creen, erróneamente, que por el hecho de aparcar con la intención de dormir, estamos acampando y debemos irnos a un camping.

Siempre es bueno estar bien informados, así que desde la Furgoteta os vamos a hacer un resumen de los aspectos más importantes de la legislación española.

Acampar o estacionar

Aprender esta diferencia es lo más importante. Si estás estacionado, se te aplicarán las normativas nacionales sobre tráfico. Así que, mientras estés correctamente estacionado, no te pueden multar por dormir o cocinar dentro de tu autocaravana. En cambio, si estás acampado, se te aplicarán las normativas de cada comunidad autónoma, lo que generalmente implica que se te puede multar si no estás en una zona habilitada para ello (zonas de acampada o campings). ¿Cómo se decide si estás acampado o estacionado? A eso vamos:

Legislación nacional sobre autocaravanas: qué es estacionar

Estacionar

Puedes:

  • Comer o dormir dentro de tu vehículo, ya que es un espacio privado.
  • Poner calzos* para apuntalar el vehículo si el terreno está inclinado (ya que es un elemento de seguridad recomendado). Se puede, alternativamente, apoyar una rueda directriz en el bordillo. En vehículos de más de 3.500 kg de m.m.a. si la inclinación es sensible, el calzado es obligatorio. No se pueden utilizar piedras u otros elementos.
  • Elevar el techo o abrir claraboyas, siempre que no excedan el perímetro de tu vehículo.

No puedes:

  • Sacar sillas o mesas fuera del vehículo.
  • Extender toldos, avances, ventanas batientes o elementos que sobresalgan del perímetro de tu vehículo.
  • Poner patas estabilizadoras*.
  • Realizar vertidos de fluidos (aguas limpias, grises o negras) salvo los del motor por el tubo de escape.
  • Emitir ruidos molestos, como la puesta en marcha de un generador de electricidad durante horas de descanso o durante el día durante períodos excesivamente largos.

Legislación nacional sobre autocaravanas: qué es acampar

Acampar

Si haces una o varias de estas cosas prohibidas para el estacionamiento, el vehículo pasará a estar acampado, por lo tanto se aplicará la normativa autonómica sobre acampada.

En cambio, si estás correctamente estacionado, nadie te puede decir que te vayas a un camping, que allí no puedes pasar la noche, que la acampada está prohibida, etc. Asegúrate de estar bien estacionado, y no tendrás problema.

Lo curioso es que cuando te ponen pegas, lo que les suele molestar es que pases la noche dentro de la autocaravana (lo que es legal), y pocas veces te ponen pegas por sacar la mesa y las sillas fuera (lo que es ilegal en la mayor parte de los sitios). Se lucha contra lo legal y se permite lo ilegal. Ridículo.

Cómo argumentar

Si os encontráis en una situación conflictiva (un municipal que os quiere echar de un aparcamiento, por ejemplo), es importante tener argumentos legales sólidos. El documento que actualmente recoge esta normativa (a falta de que sea incluida en el nuevo Reglamento General de Circulación que está en preparación) es la Instrucción 08/V-74 de la Dirección General de Tráfico, documento de obligado cumplimiento, según indica la propia DGT en este documento. Os recomendamos imprimirla, estudiarla e incluso subrayarla para llevarla en la guantera, como hacemos nosotros.

Legislación nacional sobre autocaravanas: lleva la Ley impresa en la guantera

Si te dicen que “las autocaravanas deben ir al camping”, puedes decir que la autocaravana es un vehículo legal, que paga sus impuestos de circulación y que tiene derecho a circular y estacionar como cualquier otro. Y si insisten, les enseñas este texto de la Instrucción 08/V-74:

“…esta Dirección General de Tráfico considera que mientras un vehículo cualquiera está correctamente estacionado, sin sobrepasar las marcas viales de delimitación de la zona de estacionamiento, ni la limitación temporal del mismo, si la hubiere, no es relevante el hecho de que sus ocupantes se encuentren en el interior del mismo y la autocaravana no es una excepción, bastando con que la actividad que pueda desarrollarse en su interior no trascienda al exterior mediante el despliegue de elementos que desborden el perímetro del vehículo tales como tenderetes, toldos, dispositivos de nivelación, soportes de estabilización, etc.”

Si te dicen frases como: “es que si te quedas aquí al final tirarás basura o harás una fogata y provocarás un incendio”, como nos han dicho alguna vez, podéis decirle que os multen cuando llegue el momento, porque eso se llama criminalizar y discriminar a un colectivo por presuponer que va a cometer una infracción. De nuevo citamos la instrucción de la DGT:

“La exclusión de determinados usuarios” (de la vía publica) “debe ser motivada en razones objetivas (…) pero no por razones subjetivas como pueden ser los posibles comportamientos incívicos de algunos usuarios tales como ruidos nocturnos, vertido de basura o de aguas usadas a la vía pública, monopolización del espacio público mediante la colocación de estructuras y enseres u otras situaciones de abuso contra las cuales las autoridades locales disponen de herramientas legales eficaces que deben ser utilizadas de forma no discriminatoria contra todos los infractores, ya sean usuarios de autocaravanas o de cualquier otro tipo de vehículo.”

Si os dicen que tenéis un área de autocaravanas en el municipio, recordad que, si bien es un servicio que se agradece, no os pueden obligar a usarla, porque seguiría siendo una discriminación y una exclusión de la vía pública.

Os adjuntamos la documentación legal al respecto. Os recomendamos imprimirla y llevarla siempre en la furgoneta o autocaravana:

Como veis, la normativa es bastante clara. Sin embargo, hay ayuntamientos y comunidades autónomas que legislan de forma fraudulenta, complicándonos un poco las cosas. Os lo explicaremos en próximas entradas.

Caravanas

Nos lo han preguntado varios, así que lo añadimos aquí: esta normativa sirve también para caravanas, siempre que estén enganchadas al vehículo. En la práctica, eso supone que no puedes dormir dentro, ya que las caravanas ni las bolas de remolque están diseñadas para usarse así. Lo que hay que hacer es desengancharlas, poner patas estabilizadoras, etc. En definitiva, hay que acampar.

Calzos

Este es un tema controvertido, porque la ley no está redactada con mucha claridad. Los hay de dos tipos: niveladores (para elevar una rueda y que el vehículo quede en horizontal) y de seguridad (simplemente para frenarlo y que no se vaya cuesta abajo). Al parecer los niveladores implican acampada y los de seguridad pueden usarse en estacionamiento. Pero no estamos totalmente seguros, porque la ley no es muy clara al respecto. Si alguien lo sabe a ciencia cierta, que nos informe en: familiafurgoteta@gmail.com. ¡Gracias!

Por Furgoteta

199 comentario sobre «Legislación nacional sobre autocaravanas»
  1. Se que no es la solución para los autocaravanistas que viven lejos de la frontera, pero yo siempre que puedo me largo de este país que no nos quiere, en Francia no he tenido ni el mas mínimo problema, en Portugal tampoco, aquí no quieren mi dinero, pues me lo gasto fuera. Básicamente por que la presión que ejercen los campings y caciques de los pueblos, entre ellos varios que están en la zona donde yo vivo, que de una manera u otra tienen algún interes turistico, las herramienta que utilizan son la Policia municipal y las sanciones, si tienen que inventarse señales, pues las inventan. Contra eso no podemos luchar ya que no hay una organización de peso que se enfrente/negocie con las administraciones, estamos repartidos en cientos de ellas y con poco poder de presión. Una lastima.

  2. Olvídate de los campings, esa guerra no es la nuestra, en todos los países hay campings, caciques igual menos, ja ja ja.
    Los campings nunca gozaron de favoritismos con la administración, me consta. Pueden que hayan pataleado algo, pero hace tiempo.
    Aquí el problema se llama control, necesitan tenernos controlados y si entramos en un camping nos tienen y sino no, somos sospechosos de ser terroristas, traficantes, delincuentes…y a veces tienen razón mal que nos pese.
    En Francia te consideran ciudadano y puedes andar con el carnet caducado el siglo pasado, aquí no. Pero seamos sinceros, cuando salimos fuera nos comportamos civilizadamente por la cuenta que nos trae, en casa, muchos como auténticos cerdos. ¿O no?
    Y como me dijo un municipal un día ¿ por qué con dinero público tienen que recoger vuestras basuras y residuos varios y depurarlos y abastecernos de agua gratis y cederos terreno para aparcar si la mayoría no dejáis ni un chavo en el municipio? Y me tuve que callar. ¿Alguien me puede contestar eso?

    1. No hablo de favoritismo a nivel de administraciones del estado, es una influencia a un nivel menor e insisto en que la presión que ejercen los campings a nivel municipal es la que impide que te den licencias para hacer Areas de autocaravanas, que pongan esas señales ilegales, prohibiendo el estacionamiento de las mismas y un largo etc, simplemente por que creen que con eso nosotros los de las AC entraremos a los Campings, ven amenazado su negocio con una tendencia al Furgo/Autocaravanismo creciente año tras año, no han aprendido nada de otros países que nos llevan años de ventaja. Ya nos tienen controlados o tu no pagas tus impuestos y llevas la documentación del vehículo en regla, de que control hablas de donde duermes cada día??, Por otro lado yo no conozco ningún traficante,terrorista,delincuente Autocaravanista quizás conocemos todos mas a conductores de vehículos que sin son todo eso y por ello no les obligan a entrar a parkings de pago para tenerlos controlados. Yo me comporto igual de civilizadamente aquí que en francia u otro país, por cruzar la frontera no me inoculan una inyección de educación y sensibilidad civica, el que es un cerdo lo es aquí y en lima, no depende del tipo de vehículo que lleve, se llama educación y la tienes o no, Y por último dudo mucho que un municipal tenga una estadística concreta, pero esas afirmaciones que te dijo se pueden rebatir perfectamente, tu pagas en tu municipio basuras, pero si un turista pasa y tira residuos a una papelera no tenemos a alguien que le cobre por ello verdad, por que hemos de ser diferentes los AC, lo de ceder terrenos, quien se los ha pedido, que dejen poner Areas y que nos cobren 2, 3 o 5€ por ello, por pernoctar, vaciar, llenar. Y lo de no dejar dinero en el municipio tampoco es verdad, ya que la mayoría de nosotros no vamos algún día al restaurante?, compramos en los comercios, visitamos monumentos, tomamos cafés y bebidas, etc… en resumen somo un sector cada vez mayor y somos Españolitos que como siempre tardamos en adaptarnos a las tendencias, ya hay mucho camino recorrido, cada vez mas areas de Ac, los campings nuevos ya nos tienen en cuentas haciendo zonas concretas para nosotros, cobrando precios mas asequibles.

    2. La pregunta a ese municipal se responde bien fácil:
      – Si quieres que paguemos por llenarnos el agua, cóbranos, estás en tu derecho.
      – Si quieres cobrarnos por vaciar las aguas, también puedes hacerlo. Aunque para ello debes habilitarnos un espacio adecuado.
      – En cuanto a las basuras, cualquier viajero de paso o turista produce basuras. Y todos pagamos impuestos para eso en nuestros municipios.
      – Lo de cedernos terreno gratis para aparcar es otro absurdo. Pagamos impuestos de circulación, yo puedo aparcar en tu municipio y tú en el mío.
      – Si no quieres poner un área, no la pongas. Si la quieres poner, puedes ponerla gratis o de pago.
      – Los autocaravanistas sí gastamos. Restaurantes, cafeterías, bares, gasolineras, tiendas, comercios, supermercados… Y cuando nos ponen un área gratuita, casi todos, en agradecimiento, hacemos más gasto de lo habitual.

  3. Me parece interesante este artículo y creo que merece la pena comentar otro tipo de actividades más controvertidas de las que desconozco sus implicaciones legales.

    ¿Estando estacionado se permite practicar el sexo dentro del vehículo?¿Y el consumo, por ejemplo, de alcohol? Por lo que se explica entiendo que si no se está conduciendo o no se exterioriza la actividad afuera del vehículo no hay problema. Es más, si el conductor pretende tomar la marcha en seguida no tiene sentido beber, pero si piensa estarse estacionado hasta que el nivel de alcohol baje hasta 0.0 puede ser una interpretación razonable.

    ¿Hay algo que aclare cuestiones de este tipo? Gracias.

    1. En un vehículo habilitado y homologado como vivienda puedes hacer lo mismo que en tu casa, así que no creemos que haya ningún motivo para que no puedas beber o tener sexo (siempre que no se te vea desde fuera, no vaya a ser que te acusen de escándalo público o exhibicionismo).
      En un vehículo no homologado como vivienda imaginamos que también podrías. Es un espacio privado, tienes derecho a usarlo a tu antojo. Beber en un coche estacionado no es lo mismo que conducir bebido.

  4. sabeis si esta ley también incluye a las caravanas además de las autocaravanas y furgos?
    Si siendo un remolque se podría hacer lo mismo?
    Mientras éstes bien estacionado quiero decir

  5. Me gustaría saber si a las caravanas también se les aplica esta normativa mientras estén enganchadas al vehículo y bien estacionadas

    1. Para empezar tienes que saber las cosas que NO puedes hacer (como sacar las sillas) porque entonces te multarán con razón. Luego, creemos que es imprescindible conocer tus derechos para poder exigirlos. Si no los conoces, te van a pasar por encima sin que puedas siquiera oponer resistencia.
      Es cierto que hay lugares en los que hay una guerra abierta contra las casas móviles. Allí poco se puede hacer. Pero en muchos otros simplemente desconocen la ley y te dicen que lo que haces es ilegal y que te vayas. En esos casos puede ser útil informarles.
      Hay que valorar la buena o mala fe del agente que tienes delante: a veces no hay nada que hacer y es mejor irse de allí; otras, quiere que te vayas porque un vecino se ha quejado o porque cree que lo que haces está mal. En esos casos se puede intentar algo. Cada cual que lo valore.
      Pero la información es poder, ignorar tus derechos y obligaciones es muy peligroso.

  6. Vivo cerca de la frontera con Francia y me he recorrido gran parte de Europa sin tener ningún problema . En España algunos se creen que vivimos en el siglo XVIII . En España hay sitios donde todavía mandan los caziques de antaño que piensan que s upueblo es de su propiedad . Yo propongo (personalmente lo hago) un boicot en los sitios donde se inventan señales y te quieren multar a toda costa aun sabiendo que prevarican . Tengo la gran suerte de vivir cerca de la Europa del siglo XXI y en Francia donde voy avitualmente si respetas las normas no viene nadie a molestarte ni multarte . Algunos tiene todavía mucho que aprender .

  7. Muchas gracias por explicarlo tan claramente.
    Pero me surge una duda: por lo que leo, la ley de Costas sí prohibe el aparcamiento (y por tanto no podemos pernoctar) dentro de su ámbito, pero ¿hay alguna otra limitación en Parques Nacionales, parajes naturales protegidos, o zonas de especial protección? Es que se me plantea la posibilidad de pernoctar en el Parque Nacional del Teide (que tiene algunos aparcamientos legales, como en el Centro de Visitantes por ejemplo) pero no se si ahí se aplica la normativa general o si hay algo más específico que lo limite.

    Muchas gracias!

    1. La Ley de Costas prohíbe estacionar en las playas. Ojo, que muchas veces se pone un cartel de «prohibido autocaravanas según la Ley de Costas» sobre un aparcamiento al lado de la playa donde se puede estacionar. Eso se presta a confusión (intencionada, claro está). La Ley de Costas prohíbe el estacionamiento de cualquier tipo de vehículo (coche, furgoneta o autocaravana), a cualquier hora, sobre las playas. Nada más (y nada menos). Que no os líen.
      En cuanto a los Parques Naturales o Nacionales, no hemos encontrado nada que limite la pernocta dentro del vehículo. Si se puede estacionar el coche, adelante, estaciona y duerme. Sí que se prohíbe expresamente la acampada libre dentro de los Parques Nacionales (Teide incluído), pero ya sabéis qué hacer para estar estacionados y no acampados. Ten cuidado de no salirte de carreteras y caminos señalizados, que eso sí está prohibido en Parques Nacionales.

  8. Yo entiendo que si puede haber coches aparcados por la noche, tu puedes estar también aparcado no acampado . En algunos parques que conozco del pirineo, esta prohibido el aparcamiento nocturno de todo tipo de vehículos dentro del parque, por lo tanto estamos incluidos.

    1. Eso es: mientras las normas incluyan a todos los vehículos, estamos incluídos.
      Pero no hemos encontrado normativa específica de los parques que nos prohíba pernoctar dentro del vehículo.
      Y en cuanto a la Ley de Costas: está prohibido estacionar en las playas, de día o de noche, y para cualquier vehículo. Por tanto, un cartel situado en un aparcamiento junto a la playa (no EN la playa), que prohíbe estacionar solo a las autocaravanas y solo por la noche, por mucho que cite la Ley de Costas, no la está aplicando correctamente.

  9. Lo mejor és llevar los cristales tapados y si pican no abrir, así seguro que no te pillan. Mientras el la furgó este bien estacionada nadie puede decirte nada. Yo hace años que voy así y aparte de algun susto quando pikan no e tenido mas problemas!

  10. Muy buenas comunidad viajera sobre ruedas, me he leído todos los comentarios y ante todo dar las gracias por la información que tras 20 años viajando en furgo equipada no conocía, como bien dice un compañero, la información es poder, no mucho ante la prevaricación y el caciquismo de los poderosos pero puede ayudar en según que casos…

    Me he quedado a cuadros con las multas que os han puesto en Asturias, ¿será igual en cantabria? …una tierra que la he recorrido entera durmiendo en mil sitios y por suerte nunca nos han llamado la atención o puesto una multa, pero ya veo que están últimamente muy duros con el tema, ya me jode, porque pensábamos revisitarla todo lo posible por cercanía, habrá que andar con cuidado, mucho cuidado… mas porque por su orografía es complicado muchas veces encontrar un lugar donde dormir, pero son gajes del oficio y parte de la aventura.

    Eso de que no dejamos dinero no se lo cree ni Dios, a ver que se piensan que el gasoil, comida, regalos, entradas y un largo etc… no benefician a los distintos lugares por los que pasamos, en fin…

    Ser cívico es una condición que, o la tienes o no la tienes, no me creo que los campers dejemos las cosas sucios, esa no ha sido mi experiencia en estos 20 años, somos poco ruidos y bastante mas cívicos que lo que te encuentras en los Campins cuando no tienes mas remedio que ir, en fin…

    Pues eso al final si se ponen muy duros con el tema, que visite España rita la cantaora, que Francia es enorme, preciosa, segura, llena de gente agradable y el paraíso del camper por poner un ejemplo.

    La verdad es que siempre que podemos partimos para Francia y Europa, da gusto lo tranquilo que viajas sin estas miserias tan tipical Spanish, somos una vergüenza en cuanto a legislación se refiere, de república bananera vamos.

    Una duda ¿Si me ponen la multa y me niego a irme, me pueden seguir poniendo multas? o puedo estar hay hasta cuando quiera irme, quizás sea una pregunta ingenua, jejeje!!!

    P.D. La ultima es en la ITV me han echo sacar todas las pegatinas en las ventanillas posteriores, de lugares visitados (que no eran pocas) de 13 años con esta ultima furgoneta por no estar homologadas, ver para creer, lo que me reí cuando me lo digieron, pero no hay otra o las quitas o no pasas la ITV…

    Manda webs…
    Salud.2 Viajeros.

    1. Hola a todos. Me gusta como lo esplicais y entiendo que hay legislación que nos pueden dar la razón de ser un vehículo estacionado sin más, siempre y cuando cumplamamos todo lo explocado aquí. Ahora os digo, como agente de policía local que soy y furgonetero, que cada Ayuntamiento legisla con ordenanzas de tráfico o estacionamiento como les parece, siendo en algunos casos que conozco ilegales a mi parecer. Cierto que estos Ayuntamientos mandan a los agentes de la.autoridad como podría ser yo mismo, a hacer cumplir sus legislación municipal, que como ya he dicho a mi juicio algunos se alejan de la legalidad.
      Lo que hay que hacer por parte de los denunciados es recurrir y cuando se finaliza la vía administrativa sin obtener que sea positivo para el denunciado, llevarlo a la vía judicial. Eso cuesta dinero si mo eres abogado.
      También se habla de las cosas que hacen la guardia civil por los distintos sitios de nuestro país. Para gustos colores. Al igual que nosotros (policías locales) están superditados a lo que sus mandos de zona o políticos les manden. Podéis decir que debemos de ceñirnos a lo legal, bien cierto es, pero como es mi caso, hay una ordenanza que para mi es de obligado cumplimiento y aprobada y publicada en BOE. Con lo cual nos debemos a hacerla cumplir, creamos o no que a nuestro juicio sea muy legal o no.
      En el tema de Guardia Civil es igual.
      Con lo cual uno de los comentarios que he leído creo que es a mi jucio lo más lógico, casos como dicen de Santander que denuncian, con no ir suficiente, o arriesgar a ser denunciados. Eso cada uno. Que luego se puede ganar, si. Que nos va a costar, también.
      Vamos que la administración tira para delante, tenga o no la razón y luego dicen…. Quien quiera que tire para delante, la diferencia es que la administración no paga con el dinero de los dirigentes, sino con dinero.público y tu con tu dinero.

  11. Una pregunta, en todas esas legislaciones se habla de que las normativas municipales si que pueden obligarte a no estacionar por motivos de dimensiones o p.m.a.
    Por ej, en un aparcamiento de una playa, con las plazas de estacionamiento para coches pintadas en el suelo por ej en batería, ¿podríamos estacionar la autocaravana ocupando 2 o 3 plazas de coche poniéndola «atravesada» en lugar de en batería?. Porque esa sería la única forma de que quepa dentro de las plazas de aparcamiento sin molestar o entorpecer el tráfico dentro del aparcamiento. Es decir, se puede ocupar más de una plaza ? , o hay que respetar el hecho de que el aparcamiento sea en batería, con lo cual el tamaño de una autocaravana le impediría estacionar?. Gracias

  12. Llevo viajando con furgo hace 23 años y antes con mis padres lo he mamado desde pequeña,nunca hemos tenido problemas y hemos viajado por toda europa,lo k tienes k tener en cuenta donde t kedas y no buscar la playa mas de moda del verano y no montar una acampada d indios como hemos visto muxas veces pot culpa d estos pagamos los demas ser discreto se trata d amanecer en un sitio guapo,para por la mañana practicar tu deporte, un baño en el mar, o lo k os apetezca…
    Ya os digo k nunca he tenido problemas y hemos dormido en todos los sitios imaginables…
    Esa es mi experiencia y voy a seguir haciendolo siempre k el tiempo y la economia me lo permita le pese a kien le pese pk no molestamos a nadie siempre k seamos cuidadoso con todo»mas molestan los politicos y ahi stan» jajaja paso d politica..
    Trabajo para vivir y viajar con mi furgo y pedazo d mario

  13. Quería consular con quien haya estado en Formentera como están las cosas allí? Si alguien me recomienda su visita en Auto-caravana? Y donde podría pernoctar sin tener problemas pues haria el viaje con niños. Gracias por las respuestas.

    1. Hola Agustín. Nosotros no hemos furgoneteado por Formentera así que no te podemos decir nada. Pero preguntaremos en nuestro facebook a ver si alguien nos da su opinión. Gracias por pasarte por el blog. Un saludo.

  14. Hola a todos y gracias x estas aportaciones….nosotros queremos en agosto hacer toda la costa d portugal entrando x faro….me gustaría si alguno lo habéis hecho opinéis y me aconsejáis gracias….

    1. Pues nosotros hace unos 7 años estuvimos con la furgo por el sur de Portugal y no tuvimos problemas. Llegamos a dormir en mismo Cabo de San Vicente; eso sí, cuando salimos de la furgo por la mañana estábamos rodeados de autobuses y gente. Hay muchísimas playas apartadas en las que no os encontraréis con nadie. Pero claro, estamos hablando de hace 7 años. Preguntaremos a ver si hay alguien que se haya pasado por allí últimamente y te comentamos. Muchísimas gracias por pasarte por aquí y por tu comentario.

    2. Y justo los chicos de BeHippie han publicado una entrada sobre El Algarve http://holabehippie.blogspot.com.es/2014/07/el-algarve.html#more Escríbeles y te podrán contar cosas más actualizadas. Nosotros estuvimos también por la zona norte de Portugal y tampoco tuvimos problema; las playas son kilométricas. Esperamos que disfrutéis del viaje y si os apetece os pasáis por aquí a la vuelta y nos contáis cómo está el tema. De nuevo, mil gracias por tu comentario.

  15. Buenos dias,

    Tenia una duda,en el caso de Asturias,que tiene una ley «especial»en el sentido de pernoctar,cual prevalece,la legislacion nacional o la autonomica?

    Gracias

  16. Mi duda tiene que ver con hasta dónde es aplicable la definición de estacionamiento de la ley de Tráfico. Tengo claro que aparcando en un área de descanso de una carretera, un aparcamiento urbano, una calle, mientras no saquemos nada del perímetro, etc, etc. estamos amparados por la Instrucción a la hora de pernoctar.
    Mi duda está si lo hacemos al final o junto a una pista forestal no asfaltada, por ejemplo ¿Vale en ella la definición de estacionamiento?¿rige la normativa de tráfico? ¿O nos pueden decir -mediante normativa local o autonómica- que no autorizan el estacionamiento/pernocta exclusivamente a las furgos, auto caravanas etc argumentando que la ley de Tráfico no es aplicable en esas situaciones?
    Gracias, el hilo es muy útil!

    1. Vale igual, siempre que el terreno no sea privado y el vehículo esté bien estacionado (es decir, no puedes plantarte en mitad del camino). La duda debe resolverse siempre igual: si mi vehículo fuese un turismo, ¿me estarían multando por aparcar aquí?
      El que sea una autocaravana no debe variar la respuesta.. salvo que hayamos hecho algo de lo que explicamos arriba que haga que estemos acampados.

  17. Buenas! Gracias por la info!
    Una pregunta; nos encontramos en Huesca, en diferentes partes, pero sobretodo en parques nacionales como el de Ordesa y en sierra de Guara. Una señal q prohibia dormir dentro del vehículo, obligandote a ir a un camping. Y de hecho en el aparcamiento de Ordesa nos llamaron la atención, esperaron a que salieramos de la autocaravana, donde estábamos estacionados y no acampados. Nos dijeron q si nos quedábamos otra noche llamaban a la guàrdia civil.
    Hay una ley diferente en parques nacionales?

    1. Normalmente está solo regulada la acampada, así que puedes seguir durmiendo dentro del vehículo con las limitaciones habituales. No tenemos noticia de que haya una norma especial, y si la hay, dudamos que se ajuste a la Ley Nacional…

  18. Hola tengo caravana y no tengo nada claro, me han dicho q si no se desengancha la caravana del vehiculo,se considera una unidad y q se podria estacionar en cualquier sitio q no este prohibido para otro vehiculo cualquiera ¿ es asi?

  19. Hola! Ante todo felicitaros por el blog, nos ha encantado y resuelto muchas dudas. Mi pregunta es si levantar el techo de nuestra VW California para dormir en la cama superior se considera «estar acampado», ya es un elemento que desborda el perímetro del vehículo al estar desplegado. Gracias!!

    1. En principio, según la Ley, no, ya que el techo no excede «el perímetro» del vehículo. Aunque estoy casi seguro de que quien redactó la Ley no se acordó de los techos elevables, literalmente habla del perímetro, lo que no incluye la parte superior.

  20. Hola.gracias por explicarnos algunas cosillas .mi pregunta es que voy a comprar una caravana pero no se donde la voy a aparca ya que viviré en ella .y no podemos pagar un camping .mi pregunta es me puede multa si la.aparco. En un aparcamiento ?

  21. Buenas…interesante lo que por aquí se lee……llevó diez años en mi casa con ruedas y claro que me han pasado mil cosas de este tipo en el mayor de los casos puedes llevar la ley a tu terreno ,ya que la ley es la ley..produce mucho miedo a cualquier agente el ver que uno sabe de lo que habla y de lo que son las normativas,si no la lías mucho y eres coherente en razonamientos y con la ley en la mano y con tu vehículo en regla ,tendrás un gran placer al decirle a cualquier agente (y si es guardia civil mucho mas) el decirle: señor agente agradezco su tiempo invertido en la averiguación de la legalidad de mi vehículo ,acampada o pernoctaciones pero agradecería mucho mas señor agente que invirtiera su tiempo en la averiguación de quien coño me robo el radiocassete en el año 92…..muchas gracias…….OS lo recomiendo te quedas como dios!!!!………eso si con la ley en la mano sino no tienes que na que hacer .salvo tragar!!!! Así que planta tus derechos y no te dejes comer!!!!! …….buenos consejos por aquí….gracias!!!

  22. Buenas! Me interesa mucho todo lo que publicáis, ya que tengo una vw t2 westfalia (turismo homologado para vivienda)…hago ésta aclaración por el caso que expongo a continuación a ver si a alguien le ha pasado:
    Básicamente, estábamos 4 amigos bien estacionados en Malasaña, disfrutando de unas latas de cerveza (rollo bastante tranquilo). Sólo había tres latas aunque éramos 4 de hecho. La plaza de enfrente, junto a la que estábamos aparcados, estaba llena de gente consumiendo birra sentados en el suelo. Llegó un coche de policía con 3 agentes en dirección contraria (cortando la calle y formando por ello un pifostio por cierto, pero supongo que están autorizados a hacerlo) y echó a todo el mundo de allí (unas 40 personas) sin más trascendencia…la gente no opuso resistencia como es normal, nadie quiere que le multen y se levantaron deprisita del suelo (sobretodo, teniendo en cuenta que el policía que se dirigió a ellos en primera instancia, lo hizo porra en mano y con ademanes de John Wayne) pero no multó a nadie…supongo que se «enrrolló»… excepto con nosotros. Se acercó a la furgo, nos hizo salir, nos pidió la documentación (dni) a cada uno y nos metió 600 euritos (por cabeza) y eso que uno de mis amigos no bebe. Pero él decía que nos vio beber a todos. Increíble la impotencia, pero al margen de la falta de equidad, lo que me interesaría saber, es si tengo derecho a beberme una cerveza en mi furgo. Según el policía, aunque esté dentro de mi vehículo y correctamente estacionado, sigo estando en la vía pública y se considera botellón. Por aquí he leído que si tu vehículo está homologado como vivienda, puedes comer, beber, cocinar, subir el techo, etc…pero alcohol también??
    En fin, a groso modo, esa es mi duda…agradecería algo de luz sobre éste asunto porque cuesta mucho esfuerzo ganar 600€ para que te los quiten injustamente (y digo «injustamente» porque uno de nosotros, ni bebe, pero le han multado igual).
    Gracias!!!

    1. Lo mejor es que te busques un abogado para recurrir la multa… Siendo soltero, en un viaje por Cantabria con un amigo me pasó algo similar: llegó la policía a un aparcamiento en el que había un grupo de botellón mientras nosotros cenábamos. Recurrí el aviso de multa (no llegó a ser multa) ayudado por mi cuñado abogado, argumentando que estaba dentro de mi vehículo vivienda, que tengo derecho a beber dentro, que la Ley antibotellón no me debería afectar, que es un espacio privado, etc.
      Aquello funcionó, pero como te digo no era una multa.
      Esto ya es trabajo de abogados, lo siento.

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