Legislación andaluza sobre autocaravanas

Ya os contamos en esta entrada cuál es la legislación española en lo referente a estacionamiento y acampada de autocaravanas y furgonetas. Si no os la habéis estudiado, os recomendamos que lo hagáis. Pero hay comunidades autónomas que, cuando regulan la acampada, ponen definiciones que hacen que una furgoneta correctamente estacionada según la ley nacional podría estar acampada según la ley autonómica. La complicación está servida y el viajero itinerante es el primer perjudicado. Es el caso de Andalucía.

Furgoneta en el Cabo de Gata (Almería). La legislación andaluza sobre autocaravanas no deja muy claro si esto está permitido

Legislación en Andalucía

No hay una legislación andaluza sobre autocaravanas como tal, pero la acampada se regula por el Decreto 164/2003, de 17 de Junio, de ordenación de los Campamentos de Turismo de la Junta de Andalucía. Os destacamos la parte que puede afectar a los furgoneteros y autocaravanistas:

Artículo 3.- Prohibición de la acampada libre.

1. Se prohíbe la práctica de la acampada libre entendida, a los efectos del presente Decreto, como la instalación de albergues móviles, caravanas, tiendas de campaña u otros elementos análogos fácilmente transportables o desmontables fuera de los campamentos de turismo regulados en el presente Decreto y siempre que no se trate de uno de los supuestos previstos en el artículo 1.4 del presente Decreto. (En ese artículo 1.4 se citan las excepciones, que incluyen Albergues Juveniles de la Junta, centros y colonias escolares y similares, acampadas y campamentos juveniles, y acampadas de educación ambiental)

2. Sin perjuicio de lo previsto en el apartado anterior, únicamente se permitirá la acampada de autocaravanas en las zonas específicamente habilitadas por los Municipios al efecto, en el marco de lo establecido en la normativa de carreteras. Asimismo, se adoptarán las medidas medioambientales necesarias para asegurar la adecuada conservación y protección del lugar en que se ubiquen.

Análisis de la normativa andaluza

Analizamos cada uno de los dos puntos del artículo

1. Está claro que las autocaravanas y furgonetas son elementos fácilmente transportables, y su «instalación» fuera de campamentos de turismo (camping, por ejemplo), estaría prohibida (según este Decreto). En caso de conflicto con la autoridad, habría que argumentar que no hemos instalado nada, que simplemente hemos estacionado (siempre que cumplamos con los requisitos del estacionamiento detallados aquí). Así, si nos conocemos la ley, podemos evitar la multa… o hacer un recurso. En cualquier caso, no es normal verse en esa situación.

2. En este segundo punto aclaran que las autocaravanas solo pueden acampar en las áreas de autocaravana. Hablan de la “normativa de carreteras” (en la que se explica la diferencia entre acampar y estacionar). Así que aquí tenemos un vínculo con la legislación nacional. Si tenéis un conflicto con la autoridad, siempre se trata de desviarnos hacia la ley nacional que especifica que, si estamos bien estacionados, no se nos puede aplicar la normativa autonómica sobre acampada. Y para estacionar no tengo que esperar a que un municipio me dé permiso ni me habilite zonas específicas.

Disfrutando de la furgoneta en la Sierra de Andújar (Jaén)

Disfrutando de la furgoneta en la Sierra de Andújar (Jaén)

Resumen

La legislación andaluza sobre acampada da una definición de acampar demasiado amplia: «instalación de albergues móviles, caravanas, tiendas de campaña u otros elementos análogos fácilmente transportables o desmontables fuera de los campamentos de turismo regulados.» Esa definición podría incluir el estacionamiento de autocaravanas y furgonetas, según cómo se interprete.

Ese mismo Decreto cita la «Normativa de carreteras», que como ya sabemos, deja muy claro que, mientras no saquemos elementos de camping al exterior o desbordemos el perímetro del vehículo con toldos o similares, estamos solo estacionados y no se nos puede aplicar las normativas autonómicas sobre acampada.

Esperemos que a nadie le haga falta tener que utilizar estos argumentos con una multa revoloteando o, peor aún, con una multa que debe recurrir o pagar. Andalucía es una comunidad maravillosa, con miles de rincones por descubrir, que todos los turistas (furgoneteros o no), tienen derecho a disfrutar.

16 Comentarios

ESCRIBE UN COMENTARIO