Ya sabéis que España es un poco locura a nivel legal, y el caso de las autocaravanas y furgonetas camper no es una excepción. Tenemos la ley nacional que ya os hemos explicado, las ordenanzas municipales de las que también os hemos hablado y las leyes autonómicas que queremos ir desarrollando (ya hemos hablado de Andalucía). Asturias es una comunidad que tiene una ley que parece redactada por alquien que odia a los autocaravanistas y furgoneteros, como si le hubiésemos maltratado en otra vida. Vamos a ver cómo es la legislación asturiana sobre autocaravanas.
En el Principado de Asturias la acampada se regula por el Decreto 280/2007, de 19 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de Campamento de Turismo. Lo que nos afecta a los autocaravanistas y furgoneteros es lo siguiente:
1. “A efectos de proteger y salvaguardar los recursos naturales y medioambientales existentes … queda prohibida cualquier forma de acampada libre o no legalizada.”
“2. Se entiende por acampada libre la instalación eventual de tiendas de campaña, caravanas u otros albergues móviles con intención de permanecer y pernoctar en lugares distintos a los campamentos de turismo.”
Luego se extiende en especificar los lugares en los que pueden establecerse campamentos de turismo y sus características, pero eso ya no nos interesa.
La prohibición de la “instalación de albergues móviles con intención de permanecer y pernoctar” podría incluir el estacionamiento de una autocaravana (o furgoneta) para dormir en ella, incluso aunque no saquemos nada al exterior. Es decir, que según Tráfico estaríamos estacionados pero según el Principado de Asturias estaríamos acampados. Veamos la diferencia entre una autocaravana acampada según Tráfico y según el Principado de Asturias.
Acampar una autocaravana según la Ley de Tráfico
La DGT deja muy claro cuándo una autocaravana o furgoneta camper (en general, cualquier vehículo) está acampada. Simplemente se trata de no «desparramarnos» al exterior con toldos, sillas o mesas (se trata de no exceder el perímetro del vehículo estacionado), no extender patas estabilizadoras, no usar generadores, ni emitir ruidos molestos o derramar líquidos. En el caso de furgonetas, el techo elevable está permitido porque se levanta hacia arriba, no hacia los lados (excede la altura, no el perímetro). El hecho de que estamos durmiendo o comiendo dentro del vehículo no es relevante, porque no es una actividad que trascienda al exterior.
Tenemos una entrada con más detalles sobre la diferencia entre acampar y estacionar según la Ley de Tráfico.
Acampar una autocaravana según la Ley de Asturias
Según la legistación del Principado de Asturias, solo por estacionar una furgoneta o autocaravana «con intención» de pasar una noche, ya estamos acampando. Imaginamos que, antes de multarnos nos tendrían que leer la mente o algo así para estar seguros de nuestras intenciones… Lo cierto es que la Ley habla de «instalación», lo que es bastante ambiguo. ¿Estacionar es instalar? ¿Levantar el techo elevable es instalar?
Por no hablar del término «permanecer». ¿Si nos quedamos un rato en la furgoneta mirando un mapa ya hemos «permanecido» en ella. ¿Ya se nos considera acampados?
Lo cierto es que, con esta Ley, cualquier vehículo vivienda puede ser multado en cualquier momento, solo por el hecho de estacionar correctamente. De nuevo, una ley discriminatoria que atenta contra nuestros derechos.
Cómo defendernos
Como siempre, esto son consejos genéricos y no os podemos garantizar que no os vayan a multar si los seguís. Se trata de informaros lo mejor posible para que toméis la decisión que creáis mejor, pero bajo vuestra responsabilidad.
- Si os quieren multar, lo harán aplicando la Ley asturiana sobre acampada. La lucha debería ser que no estáis acampados, que estáis estacionados y que se os debería aplicar la Ley de Tráfico. Detallad los requisitos que contempla la DGT para que una autocaravana esté solo estacionada.
- Como la ley autonómica y la nacional entran en conflicto, es la ley nacional la que se impone. Así que, mientras estéis correctamente estacionados según la DGT, no os podrían multar.
- También podéis argumentar que la ley asturiana sobre acampadas es muy ambigua en lo que atañe a autocaravanas y furgonetas. El término «instalacion» es claro si hablas de una tienda de campaña, pero no tanto en el caso de un vehículo vivienda. ¿Instalas tu furgoneta cada vez que la aparcas en tu garaje? Nosotros diríamos que no.
- Si no os pillan durmiendo, podéis decir que no teníais «intención» de dormir. Es un poco ridículo basar una defensa en las intenciones indemostrables, pero la ley es así de ridícula.
- Si os pillan durmiendo, a veces el argumento más tonto es el mejor. Decís que estábais conduciendo, que se os hizo tarde, que estábais cansados y que parasteis a dormir por seguridad.
- Por supuesto, lo mejor es no tener que argumentar nada. Intentad pernoctar en lugares poco visibles para no tentar a la suerte.
Esperemos que el Principado se de cuenta del potencial turístico que son las autocaravanas y furgonetas y algún día nos lo ponga más fácil. Ya sabéis que nuestra relación con Asturias es muy estrecha, y nos gustaría disfrutarla sin trabas.
Y vosotros ¿habéis tenido algun problema en Asturias? ¿Cómo lo habeis resuelto?
Os sigo desde hace un tiempo desde mi tierra Normanda,y encuentro muchas informaciones interesantes,y consejos de ese país que quiero tanto,menos mal que en FRANCIA nos lo ponen muy fácil a lo AC- soy un veterano ya que estoy en ese mundo del AC desde 1979 y todos los días aprendo algo, Gracia
La verdad es que en Francia todo es mucho más fácil… A ver si vamos aprendiendo del país vecino, un verdadero paraíso de las autocaravanas. ¡Gracias por tu comentario!
espanyistan
Todo esto es una vergueza. Soy asturiano y no puedo parar a visitar a mi familia en Oviedo un dia en verano debido a retricciones de aparcamiento etc para estos vehiculos. Se da la circustancia de que en este caso ni siquera pernoctaria en la AC sino en mi casa con lo cual de encontrar aparcamiento tambien estaria expuesto a multa. Señores coloquen zonas de aparcamiento temporal en ciudades y pueblos como es debido y si tienen que cobrar pues cobren pero no nos hagan la vida imposible. A ver si abrimos un poco nuestras mentes y nos vamos adaptando un poco a un tipo de turismo que es absolutamente normal en otros paises de Europa desde hace muchos años. Al parecer alli los gobernantes estan al servicio de la ciudadania y no al reves. Aqui como siempre , dando la nota.
Nosotros creemos que la solución tampoco pasa por poner aparcamientos específicos para autocaravanas. O al menos, no si tienes obligación de usarlos porque tienes prohibido usar los demás aparcamientos. ¿Sería lógico que todos los descapotables tuvieran que aparcar solo en los aparcamientos específicos para ellos? NO. Eso es discriminación. Gracias por tu comentario.
Hola a tod@s:
Soy el primero en defender nuestros derechos y por eso creo que debo aclarar un punto muy importante. En mi opinión, se está interpretando mal el texto de la ley. Cuando se habla de la prohibición de la acampada, habla específicamente de tiendas de campaña, caravanas y albergues móviles, es decir, movilhome. En ningún momento habla de auto caravanas, furgonetas vivienda ni, en definitiva, VEHÍCULOS, ¿Como se va a prohibir aparcar a un vehículo? Por favor, ya es bastante complicada la legislación actual como para encima complicarla aun más con erróneas interpretaciones.
VegaVan
Quizá estemos interpretando mal la ley… pero lo cierto es que la Guardia Civil la interpreta igual que nosotros, porque conocemos a mucha gente a la que le han multado aplicando esta ley. Estando bien estacionados en aparcamientos en los que había otros vehículos, y sin mediar ordenanza municipal ninguna. Esta ley, por desgracia, se aplica como os hemos comentado. Gracias por tu comentario.
Pues es muy triste que sea la Guardia civil la que te multe, obviando su propia normativa ( la citada instrucción ministerial). Es ilógico que apliquen normativa municipal u autonómica y no la nacional (no olvidemos que dependen del ministerio del interior y deberían basarse en la suya ). Que te multe un municipal o un guarda forestal…. bueno, seguro que la desconocen pero la Guardia Civil no debería.
Por regla general en Asturias (mi tierra) y explico general (es lo que ocurre en la mayoría de ayuntamientos, eso no quiere decir que sea siempre así) puedes dormir en tu furgo o ac siempre y cuando aparques en un sitio que realmente sea un aparcamiento. Las playas mas naturales, mas salvajes y por lo tanto mas hermosas, no suelen tener aparcamientos urbanizados y por lo tanto están supeditadas a la ley de costas que prohíbe expresamente la pernocta. Esta misma premisa puede aplicarse también a las zonas de interior. Si aparcas en el medio de un monte es posible que te sancionen, lógico. En las playas en las que hay un aparcamiento urbanizado, señalizado, delimitado y cumpliendo las normas por todos ya conocidas, no hay problema. Eso si, como digo puede haber excepciones. No se si ha cambiado en estos años pero ayuntamientos como el de Llanes tienen fama de problemáticos. Otro ejemplo bien conocido por mi propia experiencia es el ayuntamiento de Valdés (Luarca) en sus playas hay aparcamientos pero no son aparcamientos urbanizados ni delimitados ni señalizados. Es decir que la gente aparca y no pasa nada pero la pernocta es otra cosa. En julio y agosto tienes muchas papeletas para el sorteo de una multa en playas como Cueva u Otur. Muchos otros ayuntamientos como (por citar algunos) Gijón, Navia, Tapia de Casariego cuentan con sus áreas de AC y ademas, cumpliendo las normas lógicas de aparcamiento, no ponen problemas en todo su territorio.
Espero haber ayudado a aclarar este tema.
Un saludo.
Está claro que hay ayuntamientos que son más intolerantes que otros. Pero la ley autonómica, por desgracia, es poco clara y se utiliza, por sí misma, para multar a gente que ha estacionado correctamente. Parte de la familia que lleva este blog es de Asturias, creednos cuando decimos que nos gustaría que en Asturias las cosas fueran de otra forma. Gracias por tu comentario.
Una aclaración sobre este Decreto de 2007 que hay que tener en cuenta a la hora de interpretar lo que en él se dice.
Este Reglamento de Campamento de Turismo surge como una actualización de la Ley de Turismo del Principado de Asturias 7/2001 dedicado a la ordenación territorial de los recursos naturales, concretamente sobre la ordenación territorial de los campamentos de turismo ubicados en la franja costera, para los que somete su instalación a evaluación preliminar de impacto ambiental y seprohibiendo cualquier forma de acampada libre o no legalizada. Es en esta zona costera «protegida» donde se entiende que se prohibe la «acampada libre» y por tanto esta prohibición no se puede hacer extensible al resto de la Coumnidad. Por otro lado no se toca para nada la regulación del estacionamiento y pernocata en núcleos urbanos donde sería aplicable la instrucciñon de la DGT, luego aquí no entrarían en confrontación, aquí el problema serían cómo las ordenanzas municipales contemplan este asunto, pero en principio se podría estacionar y pernoctar amparados por esta instrucción de la DGT.
Otra cuestión a plantear aquí es que se delimiten claramente estos espacios a zonas muy concretas y que no se haga una mala interpretación de acampada por no saber diferenciarla de estacionamiento.
Esta es mi interpretación de este decreto de turismo, por cierto ya un poco antiguo y poco adaptado a los nuevos tiempos.Me gustaría que alguien más puesto en leyes diera también su opinión, porque creo que tampoco es correcto el «criminalizar» a toda una comunidad a partir de una interpretación no del todo acertada de una norma.
Un cordial saludo
No sábemos sobre qué trataba la Ley de 2001, pero la que citamos, de 2007, no se refiere únicamente a la costa, sino a todo el territorio. De todas formas, sea como sea, la normativa de la DGT es aplicable tanto en núcleos urbanos como fuera de ellos. No sirve para aparcar en medio del monte o en una playa, pero sí se debería aplicar allí donde un vehículo pueda circular y estacionar. La Ley de 2007 tiene fobia a las autocaravanas, y se utiliza contra nosotros, contradiciendo claramente la normativa de la DGT. No gustaría que no se interpretara así, pero lo cierto es que es un arma contra autocaravanas y furgonetas.
Y eso de que criminalizamos a toda una comunidad… A ver, nosotros nos metemos con la Ley, no con Asturias (que nos encanta) ni mucho menos con los asturianos. No saquemos las cosas de quicio, que parte de la familia que escribe esto es de Asturias.
Gracias por tu comentario.
Siento que se pudiera malinterpretar el tono de mi comentario, si conocéis mi trayectoria suelo defender todo aquello que considero injusto y que va en contra del autocaravanismo y por eso pido disculpas si no he sabido transmitir mi idea estando poco acertado con mis comentarios, mi intención no era polemizar sino intentar matizar algo que interpretaba de otra manera.
Que conste que aún estando de acuerdo con vosotros y vuestra interpretación de este decreto, y apoyando que en su redacción se nos deja poco margen de maniobra lo que quiero es reseñar que esto lo entiendo como aplicable a la regulación a las zonas del litoral que se citan en el preámbulo del decreto. Con esto lo que pretendo es hacer ver, y quizá en eso el equivoca soy yo, que este decreto aunque es anticaravanista debería limitarse a estas zonas y no a las zonas de interior y espacios urbanos, donde la instrucción de tráfico debe imperar, lo cual para nosotros sería un argumento con el defendernos y serviría para rebajar esa presión a la que se nos somete, así como defender el trabajo que creo desde las asociaciones autocaravanistas en Asturias se hace, en defensa de nuestros derechos. Prefiero defender esto porque sería admitir y partir de algo ganado sobre lo que hacer extender nuestra protesta a las zonas costeras objeto del decreto, de forma que en una futura revisión de la ley de turismo, que considero necesaria por anticuada y desactualizada, como citaba en mi comentario, se limitara su espacio de prohibición, no solo para nosotros sino para cualquier vehículo, a las zonas realmente protegidas. Es en este contexto donde se enmarca el comentario de «criminalizar», que puso entrecomillada para intenta matizar su interpretación y que una vez que publiqué y ley con más calma vi que no era muy acertado e intenté corregir, cosa que como es normal no era posible, por lo que pido disculpas.
Por lo demás reiterar vuestro acierto en el planteamiento de crear conciencia y dar argumentos para defender nuestros derechos, aunque como puedes ver había una ligera discrepancia en su enfoque que como veo creo que no he sabido explicar y sobre el que, al declararme no letrado en estas lides, pedía la opinión de personas o colectivos más versados en ellos que pudieran darnos su enfoque para saber si este decreto era de aplicación solo en el litoral y no en toda la comunidad, coso que causaría o causa, según como se mire, un grave perjuicio para nuestro colectivo porque facilitaría su extensión indiscriminada al resto de la comunidad, incluso a zonas que ven con buenos ojos el turismo en autocaravana o furgo pero en las que algunos políticos se empeñan en limitarlo amparándose en argumentos partidistas y torticeros, léase en favor de ciertos campings.
Reitero mis disculpas en ese intento por ser lo más objetivo posible y algo optimista en cuanto a la aplicación de ciertas leyes o normativa, a la vez que me alegra que puedan suscitarse debates tranquilos y serenos sobre los que tratar nuestros temas de interés.
Un saludo.
No te preocupes, no nos ha ofendido, aunque igual lo ha parecido. Era más bien dejar claro que esto no es una crítica a Asturias ni a los asturianos, sino a esta Ley. 😉
En cuanto a lo que dices, el ámbito de aplicación de la ley es todo el principado. En la introducción hace un repaso de lo que la ley de 2001 dictaba, y dice «…limitándoles la ubicación en la franja costera…» porque es una de las cosas que ese decreto decía. Pero es un decreto que sirve para todo el Principado de Asturias, en ningún momento dice que sea solo para la costa.
Puxa Asturies!
En Gijon incluso la policía vigila el área y también mandan todos los días unos empleados de la limpieza yo desde Cartagena le doy las gracias a ese Ayuntamiento y sus empleados
Os he leído tanto el artículo como comentarios. Lo cierto es que es un flaco favor contra el turismo. Nosotros estamos pensando en ir a Cantabria sólo por este asunto…
¿Conocéis a alguna persona que haya interpuesto algún recurso de este tipo en Asturias y haya ganado? Por tener el escrito/ recurso.
Gracias.
Lo cierto es que Cantabria nos suena que también es problemática… Lo tenemos que investigar de cara a otra entrada, pero ojo con Santander, que allí la ordenanza municipal es muy agresiva y nos han dicho que te multan solo por aparcar.
No sabemos de nadie que haya puesto recurso y lo haya ganado. Si alguien se anima a compartirlo, genial. ¡Buena idea!
Gracias por tu comentario.
El año pasado 2016, me encontraba dentro de mi furgo en la playa de Xagó. Por la mañana fui denunciado por la guardia civil por acampar , recurrí esta sanción alegando lo que proponéis, con la reglamentación de la DGT, pero mi sorpresa ahora es que la contestación del Principado es que prevalece la palabra del guardia civil a la mía.
Conclusión, que no tenemos defensa posible, ante la «intuición» de las fuerzas del orden, vergüenza les tenía que dar.
https://www.change.org/p/consejo-asesor-de-turismo-de-asturias-paralizaci%C3%B3n-normativa-autocaravanas-asturias
Estoy en Asturias con la autocaravana… vaya tortura… no puedes ir a ningún , i siempre con la sensación que te pueden multar hasta por circular… fatal… no lo recomiendo a nadie…. nunca más vengo… I menos en verano… hemos dormido con camiones de la basura… en gasolineras… en 1 sitio k toda la noche pensaba k me multavan… I eso siempre al lado de carreteras con mucho ruido… I hemos tenido de ir a un camping a dormir para hacer cambio de aguas… pork no encontrábamos ningún lugar…
Hola Eloi. Pues yo creo que has tenido mala suerte. En Asturias la cosa no es fácil, pero tampoco es tan complicada. El tema de dormir en gasolineras tampoco es lo más recomandable, pero no solo en Asturias sino en ningún sitio. Tienes muchas áreas de ac gratuitas. Te dejo aquí una web en la que encontrarás todas las áreas de pernocta para autocaravanas: https://www.areasac.es/area-autocaravanas/areasaces/inicio_132_1_ap.html No tienen grandes lujos pero la mayoría son aceptables. Y para el tema de vaciar aguas sin necesidad de pagar camping, siempre puedes negociarlo con el camping. En algunos sitio te dejan entrar para vaciar y no te hace falta pasar la noche. Un saludo.
En corvera lo tienes todo y muy bien, sin ruidos y un area fenomenal
Hola:
Una pregunta que os hago…
Vivo en Xixón/Gijón en un barrio no hace mucho tiempo periférico.Un amigo mio va a venirse a convivir/compartir mi piso conmigo desde otra autonomia y su medio de trasporte habitual es un vehiculo a medio camino entre furgoneta y autocaravana que usará por trabajo tres dias a la semana (en jornada laboral) y el resto quedará aparcada al lado de mi bloque teniendo la oportunidad de cargar baterias en el piso ya que es en un bajo y querriamos saber si puede tener problemas al respecto y si por el hecho de pasar unas horas por la noche unos cables al piso pueden considerarlo que está acampada y no aparcada;tambien saber que si por tener este vehículo un traspirte de serie para bicicletas puede tener problemas por tener todo el tiempo nuestras dos E-BTTs…
¿Me podeis informar ademas/también acerca de las areas AC de Xixón/Gijon existentes y si hay alguna cerca del Parque de Los Pericones o del Parque Fluvial Piles-La Coria?
Gracias.
Imagino que si te sancionan, en las alegaciones presentas el certificado de empadronamiento, queda más que justificado que la tienes estacionada delante de tu domicilio. Tontería sería pensar que estás acampado teniendo la casa al lado. …
Hola! Acabo de comprar una furgo camper y me ha encantado este blog y artículo. Si os sirve de consuelo, el borrador de la nueva ordenanza del Ayto. De Gozón sí sigue el mismo criterio que DGT: Se permite la parada y el estacionamiento de autocaravanas en las vías públicas urbanas, salvo en los lugares donde expresamente lo prohíba la señalización, y de acuerdo con las normas de tráfico y circulación en vigor, en las mismas condiciones y con las mismas limitaciones que cualquier otro vehículo, independientemente de la permanencia o no de personas en su interior, tanto en horario diurno como nocturno. Espero que esta ordenanza se apruebe en breve y que otros aytos. sigan el ejemplo. Y que siga mejorando la cosa!
Hola. Gracias por tu comentario. Nosotros vivimos en Gozón y en cuanto salió el primer borrador empezamos a preparar las alegaciones. Fuimos al pleno del Ayuntamiento y expusimos todo aquello que estaba en contra de nuestra libertad de movimientos. El primer borrador que salió no nos dejaba nada más que aparcar en Luanco. Pero conseguimos que nos escucharan y que cambiaran el documento. Esto es lo que debería hacer todo el mundo; cuando salgan los borradores y se vean vulneraciones de derechos, presentar todas las alegaciones, reunirse con los partidos, el alcalde… Al final, hablando se entiende la gente. Un abrazo enorme.
que pasa en XAGO
Lo de siempre. Que empiezan a prohibir hasta la circulación de las autocaravanas.
Buenas tardes, a dia de hoy tengo alquilada una furgo camper para conocer Cantabria y Asturias, 3 semanas, todo lo leido me asusta un poco por las multas, a dia de hoy sigue vigente las multas? el articulo es del 2016, gracias
Un saludo.
Todo se mantiene. La ley sigue siendo la misma. Ahora mismo te aconsejamos que pernoctes en aquellos lugares en los que está expresmente permitido. Las áreas de autocaravanas son un buen lugar para empezar. Si tienes cualquier duda escríbenos a hola@lafurgoteta.com
Estoy en la playa de xago y acaba d aparecer la pareja de civiles de turno » ha pasado de día, no de noche» y aún intentándome acoger a la normativa de tráfico, me han dicho k d ningún modo aquí dicen que tienen su ley y que áreas de autocaravana cerca de la playa solo hay dos en toda Asturias , olé sus huevos , vamos claramente me estaba diciendo que me fuese a otra comunidad y creo que les voy a hacer caso , no quiero sentirme perseguido como un delincuente cuando llevo un vehículo de más de 50.000 € .
Hola, mi pareja y yo nos vamos en unos días a Asturias y pensábamos pasar la noche en una furgoneta en el parking de Buferrera de los Lagos de Covadonga, pero nos hemos asustado un poco después de haber leído el artículo y los comentarios. Al fin y al cabo, es un aparcamiento señalizado, pero dada la legislación asturiana y el sitio un el que está… ¿sabéis si podría ser un problema o incluso que está específicamente prohibido? ¡Gracias!
Octubre del 2021. Multa por «pernoctar» dentro de una pequeña furgoneta en un aparcamiento de una área recreativa en Niembru, correctamente estacionados, las 9:15 de la mañana, estabamos dentro sentados.
No volveremos jamas a pernoctar en Asturias.
No volveremos jamas a pernoctar, pero tampoco volveremos a comer en sus restaurantes, a comprar en sus comercios ni a tomar cervezas en sus numerosos mesones y bares. Lamento mucho que ocurra esto en una tierra llena de gente extraordinaria.
¡Ay! Marga, qué pena me da leer esto. Pero entiendo tu frustración. Un abrazo fuerte.